Consecuencias de no pagar una deuda ajena

no pagar una deuda ajena

Es probable que alguna vez hayas recibido alguna llamada para reclamar un impago sin tener constancia de haberlo contraído. En este artículo, te explicamos las consecuencias de no pagar una deuda ajena, así como los pasos que debes seguir en el caso de que sufras acoso por parte de una empresa de recobros. 

Causas y consecuencias de que te atribuyan una deuda ajena

Obviando la primera causa posible (que la deuda sea tuya y que la hayas contraído con dicha institución financiera, o que hayas avalado a un tercero), nos queda dilucidar qué pasa si nunca has tenido una deuda con dicho banco.

En principio puede sonar raro: un banco en el que nunca he tenido una deuda me reclama abonar una cantidad. Esto se puede deber a dos hipótesis: la primera, que se trate de una equivocación; y la segunda (la más común) que la institución o banco con la que tenían dicha deuda la haya vendido.

Estas empresas tienen como práctica habitual amenazar con información falsa para presionar al deudor a pagar. No es raro oír casos en los que acosan telefónicamente avisando de que “puedes ir a la cárcel” o de que “todo el mundo se puede enterar de que no pagas tus deudas”.

Qué hacer si te reclaman una deuda que no es tuya

Tenemos que tener claro que disponemos de dos leyes que nos amparan en estos casos: la ley de protección de datos y la ley de enjuiciamiento civil: todo depende de la situación. Un ciudadano puede dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD), a las fuerzas y cuerpos de seguridad o a los juzgados. 

Antes de acudir a cualquiera de las instituciones mencionadas, debemos pedir los datos de la empresa que solicita el pago, así como una justificación de la existencia de la deuda. Sólo en caso de que no cese el comportamiento abusivo, advertimos de nuestra intención de interponer una denuncia ante las autoridades competentes. Si nos queremos cubrir las espaldas del todo, es aconsejable grabar la llamada y denunciar.

La Agencia Española de Protección de Datos tiene como una de sus principales funciones tutelar los derechos ARCO (acceso, cancelación, rectificación, oposición y ahora, limitación del tratamiento, portabilidad y no ser objeto de decisiones individualizadas).  Es el organismo encargado de frenar el acoso de las empresas de recobro, imponiendo multas desde los 900 a los 600.000 euros. Eso sí, para obtener cualquier tipo de indemnización, como sucede con cualquier delito del que somos víctimas, debemos acudir a los tribunales.

De todas formas, es un sector en el que el plan idóneo de actuación depende mucho de la casuística del caso, por lo que siempre es recomendable contactar un abogado o experto.

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