
Hablamos de tipos de interés en deudas privadas. Seguro que alguna vez te has visto en apuros a la hora de pagar la cuota de un crédito. Si no has conseguido hacer frente a la cantidad debida, te tienes que familiarizar con el término intereses de demora. Se trata de un porcentaje que se añade a la cuota original a devolver. Hablamos de los casos en los que se produce un impago.
Tipos de interés en deudas privadas
Las condiciones varían y vienen estipuladas en el contrato, o si no, facilitadas por el prestamista antes de la firma del mismo. Con condiciones, uno se refiere a tipo de interés y a la forma en la que se aplica y se calcula.
De todas formas, muchos estaréis pensando si el tipo aplicado es simplemente el que fije el prestamista. Pues no, la ley establece que éste no puede ser superior a dos veces y medio el interés legal del dinero. El interés legal se calcula de manera anual en los Presupuestos Generales del Estado: el año pasado estaba fijado en un 3%. La excepción viene por los prestamos menores a 200€, donde este límite no se aplica.
Hipotecas
la reforma de la ley hipotecaria dice que el interés de demora será el triple del interés legal del dinero vigente a lo largo del periodo que se considere. A la cifra resultante hay que sumarle dos puntos porcentuales.
Entre empresas
En operaciones comerciales el tipo está establecido en la Ley de lucha contra la mrosidad. Se estipula por el BCE (Banco Central Europeo) cada seis meses. Para el segundo semestre del 2018, era de un 8%.
Si no está estipulado
Por último, en los casos en los que no exista pacto entre las partes interesadas, funciona de manera diferente. La Ley de enjuiciamieto civil determina que el tipo será el interés legal del dinero incrementado en dos puntos.
La mejor opción es no dejar a deber ninguna cantidad, porque la montaña cada vez se va haciendo más grande. En caso de que no quede ningún remedio, esperamos que este artículo sirva para despejar dudas sobre cual son los tipos de interés en deudas privadas.
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